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Seguros en daños en comunidades de propietarios antiguas

En cualquier comunidad de propietarios pueden aparecer desperfectos que afecten a la convivencia diaria y que pueden causar daños a terceras personas. Generalmente, la exposición continuada al medio ambiente (frío, calor, agua, viento) causa desgastes en los edificios. Y estos desperfectos aumentan con el paso del tiempo: goteras en cubiertas (que afectan a zonas privadas o comunes), grietas en fachadas que ocasionan problemas de aislamiento térmico o humedades, elementos que desprenden (desde baldosas a apliques o incluso partes de la propia fachada y que pueden afectar tanto a propietarios como a terceras personas). ¿A quién debe reclamar la comunidad de propietarios en cada caso? ¿quién es el responsable de realizar la reparación? ¿Existen plazos legales para reclamar? Revisemos qué seguros de daños pueden atender los daños materiales en comunidades de propietarios antiguas. Leer más

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Abandono de recurso: protección adicional del seguro decenal

La construcción de viviendas destinadas a la venta disfruta de un régimen de protección legal para los futuros adquirentes frente a daños estructurales en los edificios construidos que pongan en riesgo su resistencia mecánica. Esta garantía para obra nueva también es aplicable para ampliaciones y reformas de inmuebles dedicados a vivienda. El agente de la edificación obligado legalmente a contratar la póliza del seguro decenal de daños a la edificación es el promotor. Dicha obligación también protege su patrimonio frente a las reclamaciones de terceros adquirentes.

Adicionalmente, las entidades aseguradoras ofrecen la posibilidad de incorporar a la protección de la póliza de seguro a otros agentes de la edificación que intervengan en la ejecución de la obra: contratista principal, arquitecto proyectista, arquitecto director de obra y director de ejecución de obra. La garantía se denomina abandono de recurso.

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¿Qué es el seguro decenal de daños a la edificación?

El seguro decenal de daños a la edificación es un seguro de daños materiales que garantiza durante 10 años los daños materiales causados a edificios (viviendas, oficinas, centros comerciales, hospitales, teatros, auditorios, polideportivos, etc. ) por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga y otros elementos estructurales, que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

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